CAPÍTULO
26
LOS
QUE SE RELACIONAN CON LOS EXCOMULGADOS
SIN
AUTORIZACIÓN
Si algún hermano, sin
orden del abad, se permite relacionarse de cualquier manera con otro hermano
excomulgado, hablando con él o enviándole algún recado, 2 incurrirá en la misma
pena de excomunión.
Este, es uno de los
capítulos que san Benito dedica a las faltas, y a la manera de corregirnos.
Ciertamente, la palabra “excomunión” nos suena muy dura, propia de otro tiempo
y falta de caridad. San Benito escribe la Regla desde la experiencia, sabiendo
que la naturaleza humana es débil, y que podemos caer en faltas. Por esto cree
que una separación de la vida comunitaria puede ser un castigo, si tienen lugar
unas faltas graves, que ayude a volver a la comunión con el resto de la comunidad.
La excomunión se puede considerar como castigo o como remedio.
EL Diccionario General
de la Lengua Catalana define la excomunión como acción de excomunicar, separar
de la comunión de la Iglesia. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua
Española define el vocablo como una privación de los sacramentos y sufragios
comunes de los fieles de la Iglesia Católica. Nuestras excomuniones
particulares, evidentemente, no responden a estas definiciones ya que son fruto
de nuestra voluntad personal, banal y no fruto de los procedimientos que
estableces san Benito. A pesar de ello son excomuniones que hieren y rompen la
comunión dentro de la comunidad.
¿Por qué aplicamos
nosotros, de manera personal, la excomunión?
Porque consideramos que
no está en comunión con nosotros quien no “nos sigue la corriente”, que no nos
aplaude “nuestras gracias” que no acepta lo que hacemos, o no nos considera
superiores cuando nos creemos que lo somos. Lo cual tiene mucho de absurdo. Y
lo que viene a resultar absurdo una falta total de humildad, y falto de sentido
para quienes están bajo la Regla de san Benito, y llamados a subir o
intentarlo, al menos de subir esos grados de humildad que nos invita la Regla.
Tenemos el peligro de
sentirnos el centro del universo, y queriendo hacer una Regla a nuestra medida,
que responda a nuestros deseos personales. De modo que hasta nos lleve a pensar
que ante el juicio de Dios opinemos que merecen un riguroso castigo. Lo cual
nos pone bastante alejados del publicano que oraba en el templo, humilde y
arrepentido. A la vez que pone de relieve nuestra ignorancia de las enseñanzas
del mismo Jesús cuando hablaba del hipócrita que quiere sacar la mota del ojo
del hermano y no ve la vida que tiene en el suyo. Y todo esto abre abismos de distancia
entre un hermano y otro.
La excomunión que
establece san Benito, la reserva a los reincidentes, a quienes se obstinan en
apartarse de la comunidad, y cuando nosotros queremos imitarlo según nuestro
criterio personal.
San Benito no se mueve
por un deseo meramente personal, sino que su Regla es fruto de años de
experiencia de vida espiritual, eremítica primero, y comunitaria después. Sabe
bien que de qué pie calzan los monjes, los peligros que les acechan, la
posibilidad de caer en el pozo de la soberbia o tropezar con la piedra de la
murmuración. Por esto nos advierte sobre las fuentes u origen de nuestra
injusta visión de los demás. Nos lo ha dicho en el capítulo XXII que abre este
código penal de la Regla: la desobediencia, la soberbia, la murmuración, el
orgullo, como nos dice en capítulo XXVIII.
Ciertamente, estos
capítulos nos suenan bastante duros, pero solo cuando pensamos que se nos
pueden aplicar a nosotros, no cuando es para los demás. ¿Cómo podemos decir que
entre un hermano y yo hay un abismo, que no queremos saber nada, que “hasta
aquí hemos llegado”?
La clave es la
presencia o la falta de amor. Nos lo dice Guillermo de Saint-Thierry:
“Esta es la justicia vigente entre los hombres: ámame porque yo te amo. Pero
es más difícil encontrar quien pueda afirmar: yo te amo, para que me ames”
(Sobre la contemplación de Dios)
Evidentemente, si hay
alguno capaz de amar sin condiciones, incluso cuando excomunicamos, y no es
otro que Cristo, nuestro maestro y nuestro modelo.
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