domingo, 2 de mayo de 2021

CAPÍTULO 24 CUÁL DEBE SER LA NORMA DE LA EXCOMUNIÓN

 

CAPÍTULO 24

CUÁL DEBE SER LA NORMA DE LA EXCOMUNIÓN

Según sea la gravedad de la falta, se ha de medir en proporción hasta dónde debe extenderse la excomunión o el castigo. 2 Pero quien tiene que apreciar la gravedad de las culpas será el abad, conforme a su criterio. 3Cuando un hermano es culpable de faltas leves, se le excluirá de su participación en la mesa común. 4Y el que así se vea privado de la comunidad durante la comida, seguirá las siguientes normas: en el oratorio no cantará ningún salmo ni antífona, ni recitará lectura alguna hasta que haya cumplido la penitencia. 5Comerá totalmente solo, después de que hayan comido los hermanos. 6De manera que, si, por ejemplo, los hermanos comen a la hora sexta, él comerá a la hora nona, y si los hermanos comen a la hora nona, él lo hará después de vísperas 7 hasta que consiga el perdón mediante una satisfacción adecuada.

El código de disciplina regular o código penal, descrito en la Regla comprende 8 capítulos, que son un núcleo muy compacto de normas, para hacer frente a las faltas cometidas.

No debe extrañarnos que san Benito hable y legisle sobre las faltas, ya que es algo que se da en los monasterios, ni tampoco las penas que se indican, ya que tiene un conocimiento de la debilidad humana, y un monje es hombre y también pecador. La existencia de estas debilidades no es el verdadero problema, sino más bien el rechazo a reconocerlas y a corregirse. Es algo a lo que refiere san Agustín, comentando la primera Epístola de san Juan: Si decimos que no tenemos pecado, nos engañamos a nosotros mismos y la verdad no está en nosotros. Por tanto, si te confiesas pecador, la verdad está en ti. (Tratado sobre. (1Jn).

San Benito se dirige en primer lugar a monjes adultos, de los que puede exigirse una responsabilidad de sus actos. Y a ellos dedica la totalidad de las prescripciones. Al final, en el capítulo 30 da también unas normas que deben seguir los infantes, que en ese tiempo solían tener los monasterios.

Podemos encontrar en el fondo de toda esta legislación, si apartamos la vista del rigorismo legalista, un gran fondo espiritual. Para san Benito toda sanción persigue en última instancia la salvación del alma, a la vez que extirpar el vicio concreto.

Los procedimientos se adaptan a la finalidad propuesta, y se busca hacerlo de manera sobria, prudente y discreta, que, considerando la legislación de la época, en general, era más rigorosa y con menos garantía. También ahora, pero sobre todo en aquel tiempo, regía la idea de que toda legislación entre los hombres estaba condenada al fracaso si no hay sanciones que estimulen a la observancia; lo cual era un principio del derecho romano en el que san Benito fue educado, y de aquí que establezca las sanciones de manera precisa.

San Benito no nos habla sino de lo que se puede decir a todo creyente: reconocer la culpa cometida, penitencia y conversión; es decir, los fundamentos del sacramento de la reconciliación. Nos quiere hacer evidente cuando faltamos en algo, sobre la gravedad de la culpa, pues este reconocimiento es la mejor manera de iniciar el camino para corregirse y volver a la comunión con los hermanos.  Recordemos la importancia que da la Escritura a la corrección, cuando leemos en el Apocalipsis: “Yo reprendo y corrijo a todos aquellos a quien amo. Ten celo y conviértete (Apo 3,19)

La enseñanza central que encontramos tanto en el código penal, como en toda la Regla es siempre la misma: que Cristo es la fuente de nuestra vida de monjes. La regla es cristocéntrica, y así lo transmite san Benito. Si prestamos atención a estos capítulos podemos descubrir que lo que dice san Benito lo repite a lo largo de toda la Regla: Cristo nuestro modelo y horizonte.

Otra característica es la importancia de la comunión. De aquí la gravedad de la pena de excomunión, tal como era entendida en aquel tiempo en que se aplicaba al conjunto de los fieles en caso de pecados graves, y que tenían en la Cuaresma un camino de conversión y arrepentimiento hasta llegar a la Pascua, que era el tiempo de reincorporación a la comunidad.

Una tercera característica es el equilibrio entre la persona, la libertad personal y la comunidad. Esta tensión entre el monje individual y la comunidad como colectivo, nos la muestra san Benito dando preferencia al bien común sobre el individual. Para san Benito este equilibrio era muy importante, lo cual lo manifiestan todos estos capítulos.

La Regla exhorta a los monjes a adaptarse a las necesidades, edades y temperamentos de cada uno; describe directamente a todos los miembros de la comunidad: infantes y adultos, ancianos, pobres y ricos, clérigos y laicos, sanos y enfermos, fuertes y débiles; todo un rosario de tipologías, dándonos a entender que todos juntos, a la vez que cada uno, somos responsables de nuestras debilidades y de las de los otros. Por esta razón, para san Benito el castigo debe adaptarse a la persona, pues se trata de cuidar, sanar, al hermano que se equivoca.

Todo ellos sin descuidar las faltas leves, sobre lo cual también escribe san Agustín:

“no debe darse poca importancia a los pecados leves de que hablamos. Si no los consideramos, tiembla cuando los cuentes. Muchas pequeñas cosas hacen una grande; muchas gotas hacen desbordar un río, muchos granos llenan el granero” (Trat, 1Jn)

Como medida extrema san Benito prevé que después de diversos intentos de corrección de un hermano éste sea expulsado si no hay otro camino, y la razón fundamental es salvar a la comunidad, ante la posibilidad de que otros sigan el mismo camino ante el mal ejemplo. Siempre está el camino del arrepentimiento. Al monje arrepentido san Benito está dispuesto a acogerlo de nuevo en la comunidad varias veces, y aquí de nuevo se pone de relieve la valoración de la persona así como la dimensión comunitaria. Como enseña san Agustín: “Nuestra comunión es con el Padre y su  Hijo Jesucristo (Trat 1Jn)

 

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